Una Oportunidad Para Aquellos Sin Experiencia.

 

El 04 de noviembre del presente año, se dará la reversión del campo de la asociación Nare a manos de Ecopetrol. La reversión consiste básicamente en que la operación total del campo regresa a la nación en manos de la estatal empresa colombiana de petróleos Ecopetrol, al concluir el contrato de asociación suscrito con la multinacional Mansarovar Energy Colombia Ltda. (MECL). Así las cosas, se evidencia públicamente la postulación de las vacantes por parte de la empresa contratista MASA y las demás empresas, pero nunca se evidenció públicamente la socialización por parte de Ecopetrol ante la comunidad nareña sobre la reversión del campo (campo Nare) ya que, dentro de la estrategia de entorno de Ecopetrol, el relacionamiento e inversión social, son uno de sus cuatro ejes estratégicos. En ese sentido, se debe realizar (ya que no se ha hecho) la relación o la socialización de parte de Ecopetrol ante la comunidad y escuchar también las inquietudes de esta misma.

En ese orden de ideas, es necesario un acuerdo entre los actores involucrados como lo son la parte administrativa de Ecopetrol y la clase política del municipio, que permita articular ese contacto directo entre la estatal petrolera y la comunidad nareña.

Por otra parte, en cuanto a las postulaciones a los respectivos cargos a desarrollarse en el campo petrolero, se evidencia una vez más, que aquellos ciudadanos nareños que ostenten un título técnico, tecnológico o profesional pero que no tengan experiencia laboral, especialmente en el sector de hidrocarburos, nunca tendrán la oportunidad de iniciar y desarrollar su vida profesional en el sector petrolero de su mismo municipio.

Así las cosas, podríamos recoger cantidad de testimonios y muchos de los que aquí me escuchan, saben que no miento, que en determinado momento ciertos actores administrativos y operativos de MECL con poder de decisión y con voluntad de ayudar, brindaron oportunidades sin experiencia a personal profesional, tecnólogo y técnico ( ingenieros, electricistas, mecánicos, instrumentistas, recorredores, operadores, entre otros) los cuales hoy en día son los que gozan de la experiencia necesaria para el desarrollo de las operaciones en campo. En ese sentido, es que es necesario un consenso entre la parte administrativa de Ecopetrol y la clase política nareña que junto a las comunidades del territorio se encuentre un proceso organizativo que permita la agrupación de intereses.

 De igual forma, es importante reconocer que existe la resolución 2616 sobre la estandarización de perfiles ocupacionales de las actividades de exploración y producción de hidrocarburos. Es razonable y se entiende que se necesita personal de experiencia y de jerarquía en las plantas de producción, sin embargo, la propuesta es que se le de la oportunidad a personal nareño con mano de obra calificada, pero sin experiencia por cada área, tanto en la profesional como operativa y de mantenimiento. Una persona puede ser mano de obra calificada y no tener experiencia, el decreto 2089 de 2014 en el artículo 3 parágrafo 1 lo define: entiéndase por mano de obra calificada la que corresponde a actividades que deban ser desarrolladas por personas con formación técnica, tecnológica o profesional. En ese orden de ideas, una persona que salió hace poco de cualquier institución educativa como técnico, tecnólogo o profesional, ya es personal con mano de obra calificada pero que simplemente necesita es una oportunidad para laborar y desarrollar su vida profesional.

 Por otro lado, En cuanto a las exigencias de ciertos cursos y competencias laborales, que posiblemente estas personas de mano de obra calificada, pero sin experiencia (normalmente en su mayoría jóvenes) el articulo 54 de la constitución política de Colombia sostiene: es obligación del estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. “la capacitación consiste en la adquisición de conocimientos en busca de la aptitud del trabajador en una labor distinta a la que normalmente desarrolla, y el adiestramiento como la misma adquisición de conocimientos para hacer al trabajador más apto en el desempeño de la labor que normalmente corresponde”

 Así las cosas, no se ha logrado ese acuerdo entre Ecopetrol y la parte administrativa local para generar espacios de entrenamiento y capacitación en campo en las especialidades como por ejemplo recorredor y operador, como reza el acuerdo municipal 011 política pública de empleo local, en su numeral 6.5.3.3 eje de legalidad laboral: los actores del municipio de puerto Nare involucrados en las dinámicas laborales locales, conocen, dialogan y acuerdan mecanismos de concertación, certificación de competencias y flexibilización de perfiles basados en la legislación laboral vigente y el contexto territorial. Por tal motivo, es necesario recordar que la constitución política de Colombia en su artículo 53 sostiene que dentro de los principios mínimos fundamentales en el estatuto del trabajo están entre otros; la igualdad de oportunidades para los trabajadores, la capacitación y el adiestramiento.

 Que, en tal virtud, el decreto 2089 de 2014 resulta claro que el sentido normativo del numeral 6 del literal f) del artículo 91 de la Ley 136 de 1994, privilegia la contratación de mano de obra residente en el área de influencia de los proyectos de exploración y producción de hidrocarburos, por lo que se hace necesario regular las condiciones que faciliten la operatividad de la norma.

Que por las condiciones sociales y económicas especiales de las zonas de exploración y producción de hidrocarburos, la naturaleza de estas actividades y las características del mercado laboral que por ellas se genera, se hace necesario desarrollar las regulaciones que reconocen prioridad a la contratación de mano de obra local, prevenir procesos migratorios que puedan afectar la estabilidad social y económica y garantizar que las comunidades residentes de dichas zonas se beneficien con la explotación económica de hidrocarburos.

Además, en un sentido estricto, el decreto 1760 de 2003 sostiene que Ecopetrol es una empresa ciento por ciento estatal, de orden nacional, vinculada al ministerio de minas y energía. En este orden de ideas y dado el caso de que el campo se revierte 100% a Ecopetrol, por consiguiente, Ecopetrol debe exigir todos sus contratistas, que aplique el decreto 2365 de 2019 (vinculación laboral a jóvenes entre 18 y 28 años que no acrediten experiencia) en virtud de que trabaja y opera para una entidad de orden nacional.

Y para finalizar, es necesario dejar el siguiente precedente:

La forma operativa en que Ecopetrol entra a desarrollar sus operaciones en campo, va en detrimento de la calidad de vida de los trabajadores, ya que con Ecopetrol desaparece la figura del personal directo en operadores y recorredores como lo venía aplicando MECL, y como todos podemos observar, la calidad de vida de aquellos conciudadanos nareños que trabajaron directo con MECL, fue de una excelente mejora en cada uno de ellos y de sus familias.

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